Una Audiencia Imparcial le proporciona una oportunidad para cambiar una decision tomada sobre servicios o visitas por la Administración de Servicios para Niños (ACS) o la agencia privada de crianza. Una Audiencia Imparcial no es lo mismo que una consulta (en inglés, “conference”) – usted tiene derecho a pedir ambos, pero sus servicios pueden continuar si usted pide una Audiencia Imparcial.

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Audiencias Imparciales sobre Temas de Crianza

Escrito con la asistencia de Lansner & Kubitschek

Una Audiencia Imparcial le proporciona una oportunidad para cambiar una decision tomada sobre servicios o visitas por la Administración de Servicios para Niños (ACS) o la agencia privada de crianza. Una Audiencia Imparcial no es lo mismo que una consulta (en inglés, "conference") - usted tiene derecho a pedir ambos, pero sus servicios pueden continuar si usted pide una Audiencia Imparcial.

Razones para Solicitar una Audiencia Imparcial

Solicite una Audiencia Imparcial si ACS o la agencia privada de crianza:

  • Se propone reducir o terminar un servicio que ahora recibe.
  • Provee servicios con los cuales usted no está satisfecho.
  • No provee los servicios que se habían comprometido a rendirle.
  • No responde a su solicitud o se niega a rendirle un servicio.
  • Le coloca sobre una lista de espera para recibir servicios.
  • Crea un plan de visitas con el el cual usted no está de acuerdo.

Cómo Solicitar Audiencias Imparciales

La mejor manera es de ir en persona a:

Departamento de Asistencia Familiar del Estado de Nueva York (en inglés, "New York State Department of Family Assistance")
Audiencias Imparciales (en inglés, "Fair Hearings")
14 Boerum Place
Brooklyn, New York

También puede hacer pedidos de las siguientes maneras:

Por fax a:

New York State Department of Family Assistance
(518) 473 - 6735
Conserve una copia de la hoja de portada y de la confirmación.

Por teléfon

(800) 342-3334 (número de teléfono gratuito)
(212) 417-6550
(518) 474-8781 (larga distancia)
Escriba la fecha y la hora de su llamada, y el nombre de la persona con quien hable.

Por corre

New York State Department of Family Assistance
40 N. Pearl Street
Albany, New York 12243
Conserve una copia de su carta y envíela por correo certificado, ya que la manera menos confiable de presentar una solicitud es por correo.

Su solicitud de Audiencia Imparcial debe incluir:

  • Una explicación sencilla de la razón por la cual usted está solicitando una Audiencia Imparcial.
  • Su solicitud de continuación de ayuda (en inglés, "aid continuing"), si corresponde.
  • Su pedido de cualquier asistencia especial que necesite para la Audiencia.

Usted no puede solicitar una Audiencia Imparcial mientras tenga un caso activo en el tribunal. Usted puede, sin embargo, ir al tribunal y solicitar que el juez dé la orden para que la agencia le otorgue los servicios que usted necesita.

Cuándo Solicitar Una Audiencia Imparcial

Si la Ciudad le envia aviso diciendo que se propone reducir o poner fin a su servicio, pida inmediatamente una Audiencia Imparcial.

  • Si usted presenta su solicitud dentro de 10 dias después de la fecha de la carta, usted puede recibir continuación de ayuda, la cual causará que sus servicios continúen hasta la decisión surtida de la audiencia.
  • No podrá recibir continuación de ayuda después del vencimiento del plazo de 10 dias, pero se le permite solicitar una Audiencia Imparcial hasta 60 días después de la fecha que lleva el aviso.

Si usted solicita un servicio y el servicio le es negado, usted puede solicitar una Audiencia Imparcial hasta 60 días después de la negación. También puede solicitar una Audiencia Imparcial si ACS o la agencia de crianza no responde a su solicitud dentro de 30 días.

Emergencias

Si usted se encuentra en situación de emergencia, solicite una audiencia "acelerada" (en inglés, "expedited") y explique sus razones. Es posible que se le otorgue audiencia dentro de una semana, pero estas audiencias de emergencia se otorgan muy raramente.

Cambiar el Horario de una Audiencia Imparcial

Si usted necesita un aplazamiento, la mejor manera de hacerlo es presentarse en persona al 14 Boerum Place en Brooklyn. Usted también puede solicitar un aplazamiento de los mismos modos que se indican más arriba para la presentación de solicitud de audiencia. Deberá contar con una muy buena razón por la cual no puede asistir, por ejemplo que usted está enfermo(a) o su testigo non está disponible. Llame para cambiar el horario tan pronto como sepa que no podrá asisitir.

Preparativos para una Audiencia Imparcial

Usted tiene derecho a ver su expedientey a recibir todos los documentos que ACS traiga a la audiencia. Haga solicitudes por escrito o por teléfono a la dirección escrita en el dorso del aviso. Dentro de 3 días hábiles después de su solicitud, ACS deberá enviarle los documentos. Si usted olvida pedir los documentos, debería llegar por adelantado a la Audiencia Imparcial y revisar los documentos antes de su audiencia.

Lea los documentos proporcionados por ACS. Estos documentos contendrán la información que ACS proporcionará al juez. Cuando usted sepa cuál es el argumento de ellos, prepare su respuesta.

Halle pruebas y testigosque apoyen su argumento. Puede traer cualquier persona o documento que le sea de ayuda. Si un testigo se encuentra indisponible para el juicio, usted puede traer declaración (de aquella persona) escrita y certificada por notario, o puede pedir aplazamiento de manera de tener la oportunidad de que aquel testigo brinde testimonio.

No entregue a nadie sus documentos originales. Haga 2 copias de cada documento, una para el juez y una para el Representante de ACS. Usted deberá, sin embargo, aportar los originales para que el juez los pueda ver.

Escriba las cuestiones que usted quiere plantear. Esto servirá para que no se le olviden hechos o datos de importancia.

Prepare una declaración con la cual concluir, la cual diga al juez exactamente lo que usted desea y la razón por la cual usted cree que tiene derecho a ello.

Ayuda Gratis para la Audiencia Imparcial

Usted podrá recibir lo siguiente de manera gratuita:

  • Un traductor
  • Tarifa de automóvil para el costo de transporte para usted y sus testigos y representantes
  • Reembolso de sus costos con respecto al cuidado de niños.

Pida esta ayuda cuando solicite su Audiencia Imparcial, y pídalo de nuevo en el momento de su Audiencia Imparcial.

Personas que Asisten a la Audiencia Imparcial

Las personas que se encontrarán en la Audiencia Imparcial comprenden al Juez de Derecho Administrativo (en inglés, "Administrative Law Judge"), un representante de ACS, el trabajador de ACS designado para usted, por lo general el trabajador de la agencia de crianza, y posiblemente un abogado de la agencia de crianza. Dado que varias personas se involucran en la respuesta a su queja, quizá usted se sienta más tranquilo(a) al traer alguien que le apoye, tal como una amistad o un familiar, además de sus testigos.

Durante la Audiencia Imparcial

El Juez de Derecho Administrativo (ALJ) deberá ayudarle a usted a presentar su versión de la historia, y cuestionar la de ACS, si usted necesita esta ayuda. Ambos el ALJ y el representate de ACS le harán preguntas a usted. Es muy importante que usted comprenda todas las preguntas que se le hacen. Si no comprende alguna cosa, pida que sea repetida o explicada.

1) Entregue su prueba al juez e interrogue a sus testigos. Entregue al ALJ cada documento, uno a la vez, explicandole porqué usted le esta entregando cada uno. Hágales preguntas específicas a sus testigos; usted debería escribir las preguntas antes de la audiencia. Es posible que el ALJ no le permita sacar a relucir otras cuestiones que le preocupan, si no forman parte de esta audiencia.

2) El representate de ACS presentará su argumentos. Si el representante intenta presentar documentos que no le fueron enviados a usted, pida al ALJ que se niegue a aceptar estas pruebas o que le dé a usted tiempo para revisar los nuevos documentos y a hacerles réplica con sus propios testigos o pruebas.

3) Usted tiene derecho a hacer argumentos en contra de los documentos, las pruebas y el testimoniopresentados por el representante de ACS.

4) Haga una declaración al concluir. Diga al ALJ exactamente lo que usted desea y la razón por la cual usted tiene derecho a ello.

Después de la Audiencia Imparcial

El ALJ debe tomar una decisión dentro de 60 dias después de que usted haya solicitado la Audiencia Imparcial. Una copia escrita de la decisión será enviada a usted, a su representate (si usted tiene uno), y a ACS.

Si usted no recibe la decisión dentro de 90 days, puede llamar al 1-800-342-3715 ext. 48781, o escribir a la Oficina de Audiencias (en inglés, "Bureau of Hearings") del Departamento de Servicios Sociales de Nueva York (en inglés, "New York Department of Social Services") al:

Bureau of Hearings
New York Department of Social Services
40 N. Pearl St.
Albany, New York 12203

Obedecer a la Decisión

ACS o la agencia de crianza deberá hacer lo antes posible lo que indica la decisión; no podrán tardar más de 90 dias. La decisión que usted reciba vendrá acompañada de información sobre la manera de hacer que ACS o la agencia de crianza obedezca la decisión.

Si ACS o la agencia de crianza no obedece la decisión, usted puede presentar su queja llamando al 1-800-342-3715 ext. 48781, o escribiendo a la División de Cumplimiento (en inglés, "Compliance Unit") de la Oficina de Audiencias al:

Compliance Unit - Bureau of Hearings
New York Department of Social Services
40 N. Pearl St.
Albany, New York 12203

Apelar la Decision

Si usted no está de acuerdo con los resultados de su Audiencia Imparcial, usted puede apelar ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York dentro de los cuatro meses siguientes a la decisión. La decisión incluirá información sobre cómo usted puede apelar. Usted debería intentar, antes de entablar su apelación, consultar con un abogado.

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Última revisión: March 23, 2007