Si vive en un parque de casas móviles en Nueva York y lo quieren desalojar, tiene ciertos derechos. Los inquilinos de parques de casas móviles tienen derechos distintos que los demás inquilinos. 

El dueño o propietario del parque solo lo puede desalojar si una corte dicta una orden judicial de desalojo. Si el parque trata de desalojarlo sin una orden judicial, es un delito y puede llamar a la policía.

¿Qué es un parque de casas móviles?

En el estado de Nueva York, un parque de casas móviles es un lugar con:

  1. por lo menos tres casas móviles/prefabricadas; y
  2. gente que vive en ellas todo el año; y
  3. viviendas de propiedad privada en el terreno colindante.

El dueño del parque puede vivir en una de las casas móviles.

¿Quién es un inquilino en un parque de casas móviles?

Usted es un inquilino de una casa móvil/prefabricada si ya sea:

  1. posee su propia casa móvil/prefabricada y alquila el lote al parque; o
  2. alquila la casa móvil/prefabricada y también el lote al parque.

No se lo considera un inquilino de una casa móvil/prefabricada si le alquila la casa a otra persona que es el dueño de la casa móvil y alquila el lote al parque. En ese caso se aplican las reglas normales de desalojo de Nueva York en vez de las reglas para parques de casas móviles.

Motivos legales para pedir un desalojo

Un parque de casas móviles solo puede desalojarlo por ciertos motivos legales. Nunca lo pueden desalojar porque venció el contrato de alquiler o porque no quieren que siga viviendo allí.

A. Falta de pago del alquiler

El parque puede desalojarlo si no paga el alquiler. No pueden desalojarlo por no pagar otros cargos, como la cuenta de electricidad, multas por pago atrasado, cuotas de mascotas u otros cargos que no estén relacionados con el alquiler.

Antes de iniciar un caso de desalojo, su parque de casas móviles le tiene que dar un aviso de 30 días para que pague el alquiler o se mude.

B. Uso ilegal de la casa

Si usa su casa con un propósito ilegal o para un negocio ilegal, el parque puede iniciar un caso de desalojo en su contra. No tienen que darle un aviso previo antes de ir a la corte.

C. Contravenir leyes que afectan la seguridad y el bienestar de otros

Si usted o un miembro de su unidad familiar contraviene una ley u ordenanza que pone en peligro o daña el bienestar de otros, el parque puede iniciar un caso de desalojo en su contra sin darle aviso previo.

D. No cumplir con las reglas del contrato o del parque   

Si usted o un membro de su unidad familiar no cumple con una cláusula del contrato de alquiler o regla del parque, el parque le tiene que dar una oportunidad de resolver el problema antes de iniciar un caso de desalojo.

El proceso es el siguiente:

  1. El parque le tiene que dar un “aviso por escrito de 10 días para curar”. Este aviso indica qué regla dejó de cumplir y le da 10 días para corregirlo.
  2. Si no corrige el incumplimiento (o contraviene la regla repetidamente), su parque le puede dar entonces un aviso de 30 días para mudarse.
  3. Después de 30 días, el parque puede iniciar un caso de desalojo en su contra.

E. Cambios en el uso del terreno

Si el dueño del parque quiere dejar de usar su terreno como un parque de casas móviles, usted tiene ciertos derechos.

El dueño del parque tiene que:

  • Darle un aviso por escrito de 2 años a los dueños de casas móviles que alquilan lotes en el parque y a los inquilinos que alquilan tanto la casa como el lote. Un parque no puede iniciar un caso de desalojo en su contra hasta que hayan pasado 2 años después de dar el aviso.
  • Pagarle hasta $15,000, si usted es dueño de la casa móvil y alquila el lote. La corte decidirá el monto exacto.

Cómo puede demandarlo el propietario

El parque (o propietario) tiene que tomar pasos específicos para iniciar un caso de desalojo. No puede decirle simplemente que se tiene que ir.

Cómo iniciar un caso de desalojo

Su parque puede iniciar un caso de desalojo en la corte de la  ciudad, pueblo o villa donde se encuentra el parque. El parque tiene que presentar dos documentos en la corte:

  • un Aviso de petición; y
  • una Petición.

Estos son los “documentos de la corte”. Su parque le tiene que entregar los documentos de la corte por lo menos 10 días y no más de 17 días antes de la primera audiencia en la corte.

Cómo le pueden hacer la entrega legal de los documentos de la corte

Su parque tiene que pedirle a alguien que le dé los documentos de la corte de una de las siguientes maneras:

  1. alguien le da en mano el Aviso; o
  2. alguien le da en mano el Aviso a una persona que vive o trabaja en su casa móvil, como familiar o niñera; o
  3. le dejan el Aviso en la puerta de su casa, y también se lo envían por correo postal normal y correo certificado/registrado.
Lo que tienen que decir los documentos de la corte 

Los documentos de la corte tienen que decir:

  • quién lo está desalojando (el peticionario en general es el dueño o propietario);
  • a quién están desalojando (el demandado, o sea usted y cualquier otro a quien se está desalojando);
  • la fecha y hora de audiencia y la dirección de la corte;
  • la dirección de su casa, indicando que se encuentra en un parque de casas móviles;
  • la razón por la cual el parque lo está desalojando; y
  • lo que quiere conseguir el parque (desalojarlo y el pago del alquiler que pueda deber).

Primera comparecencia en la corte

Todos los que están nombrados en los documentos de la corte tienen que ir a la corte. Si no comparecen, el juez puede dictar una orden judicial de desalojo en su contra. 

En su primera comparecencia, puede “responder” contándole al juez su versión de los hechos y afirmando defensas (razones legales por las que el parque no debería ganar el caso). Algunas defensas comunes pueden ser: 

  • No le dieron (hicieron la entrega legal) los documentos de la corte correctamente.
  • No le hicieron la entrega legal el tipo de aviso correcto o no le dieron el plazo correcto en el aviso.
  • Si el desalojo es por no pagar el alquiler, puede argumentar que el monto que el parque está reclamando es incorrecto. Puede argumentar que el parque no corrigió problemas en la casa sobre los que usted le informó previamente.
  • Si el desalojo es por incumplimiento del contrato de alquiler, puede argumentar que usted corrigió el incumplimiento. También puede argumentar que el “aviso para curar” no explicó qué cláusula o regla contravino.
  • Si ya no vive en la casa, pídale el juez que desestime el caso.

Si no está de acuerdo con los reclamos del parque, o cree que no tomaron los pasos legales correctos, puede pedir 14 días para prepararse. También puede pedir 14 días para encontrar un abogado. Estos 14 días se llaman un “aplazamiento”. Si no está de acuerdo con los reclamos del parque o cree que el parque no tomó los pasos legales correctos, también puede pedir un juicio delante de un juez o un juicio por jurado.

Si necesita más tiempo para mudarse, pídale al juez que suspenda la orden judicial. Cuéntele al juez sobre los esfuerzos que hizo para encontrar otra vivienda, cualquier problema médico que empeoraría si usted o un miembro de su unidad familiar se tuviera que mudar, y si sus hijos están inscritos en las escuelas locales. Lleve comprobantes. Por ejemplo, solicitudes de alquiler de departamentos, cartas médicas, cartas de inscripción en la escuela, etc.

Si pierde el caso

Si el juez dicta un fallo en su contra, emitirá una orden judicial de desalojo. Solo un alguacil o jefe de policía le puede hacer la entrega legal de la orden judicial. Tienen que hacerle la entrega legal de la orden judicial antes de que el alguacil o jefe de policía lo pueda sacar a usted o sus pertenencias de la casa.

Una vez que haya recibido la orden judicial, la cantidad de tiempo que tenga antes de que el alguacil o jefe de policía puedan expulsarlo de la casa depende de la razón por la que lo desalojaron:

  • Falta de pago del alquiler: le tienen que dar 30 días para mudarse.
  • Incumplimiento de las reglas que constituye una amenaza inmediata para la salud y seguridad: le pueden dar 30 días para mudarse.
  • Incumplimiento de las reglas del contrato de alquiler: le tienen que dar 90 días para mudarse.
  • Si alquila tanto la casa móvil como el lote: es posible que tenga solo 72 horas para mudarse después de que le den la orden judicial. Pero, si lo están desalojando por no pagar el alquiler, la orden judicial le tiene que dar 30 días para mudarse.

Si su parque o el alguacil no cumplen con estas reglas, usted tiene opciones para suspender o demorar el desalojo.

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Última revisión: December 19, 2025