Un trabajador independiente es cualquier individuo contratado para brindar servicios a cambio de una compensación.

Una parte contratante es cualquier individuo o empresa, distinta de una entidad gubernamental, que contrata a un trabajador independiente.

 Los servicios de autónomo pueden denominarse comúnmente:

  • trabajos
  • tareas
  • proyectos
  • trabajo paralelo o contingente
  • trabajo por contrato o especificación
  • trabajo indepediente
  • contratación
  • subcontratación
  • consultoría
  • pluriempleo
  • emprendimiento
  • arreglos alternativos
  • trabajo por cuenta propia

Ser un “contratista independiente” depende de una variedad de factores y de la naturaleza de su acuerdo de trabajo. Puede comunicarse con DCWP si tiene preguntas sobre su clasificación como trabajador independiente, contratista independiente o empleado.

Usted tiene derechos independientemente de su estatus migratorio.

Los derechos de los trabajadores independientes:

  • Contrato escrito. Todos los contratos por valor de $800 o más deben realizarse por escrito.
  • Pago puntual. El contratante debe pagarle por todo el trabajo realizado. Usted debe recibir su pago el día establecido en el contrato o antes.
  • Estar libre de sufrir represalias. Es ilegal que el contratante lo penalice, amenace o lo coloque en una lista negra por el hecho de haber ejercido sus derechos.
  • Estar libre de sufrir discriminación.  Si usted experimenta algún tipo de discriminación, llame a la línea de atención telefónica de la Comisión de Derechos Humanos de NYC por el 311.

Haga clic en "Aprende más" para obtener más información sobre sus derechos o para saber cómo presentar una queja.

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Última revisión: September 12, 2023